¿Se pagará el Bono Jóvenes solteros 2024 en mayo?

Bono Jóvenes solteros 2024 | En Perú, como parte de una iniciativa para respaldar económicamente a familias en situación de necesidad, se están distribuyendo una variedad de bonificaciones a distintos sectores de la población. Entre estas ayudas, se resalta el Bono Jóvenes Solteros 2024, también conocido como Bono Renta Joven. Este estipendio financiero está dirigido a ciudadanos peruanos con edades comprendidas entre los 18 y los 40 años, con el propósito de asistirles en el alquiler de una vivienda y así iniciar la construcción de un hogar propio.

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¿Se pagará el Bono Jóvenes solteros 2024 en mayo?

Hasta el momento, el Gobierno Peruano no ha confirmado si se realizará el pago del Bono Jóvenes Solteros durante el mes de mayo. Es fundamental recordar que no se deben proporcionar datos personales en enlaces que circulan por las redes sociales. El Ministerio de Vivienda, a través del Fondo Mi Vivienda, es la entidad encargada de anunciar cualquier nueva convocatoria para este subsidio. Puedes obtener información oficial a través de su página web www.mivivienda.com.pe o llamando al 0800 12200.

Bono Jóvenes solteros 2024: ¿Cómo solicitar el Bono renta joven?

El Bono Jóvenes Solteros se asigna a través de convocatorias, por lo que es importante estar atento a las fechas de estas convocatorias. Los pasos para solicitarlo son los siguientes:

  1. Estar atento a las nuevas convocatorias.
  2. Acudir al local del Ministerio de Vivienda en las ciudades participantes.
  3. Completar la ficha de solicitud.
  4. Verificar si tu grupo ha sido seleccionado.
  5. En caso de ser seleccionado, evaluar las condiciones del  inmueble.
  6. Suscribir un contrato de arrendamiento.
  7. Firmar el contrato en una notaría o juzgado de paz letrado autorizado.
  8. Depositar el alquiler mensual, descontando el bono para alquiler, según corresponda.

Requisitos para el Bono renta joven

Para obtener este beneficio económico, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Conformar un grupo familiar (GF) o un grupo de no dependientes (GND), representado cada uno por una jefatura.
  • El ingreso mensual total del GF o GND no debe superar los S/ 3,538.00.
  • Ningún integrante del GF o GND debe ser propietario o copropietario de un terreno, vivienda o sus aires independizados.
  • Ningún miembro del GF o GND debe haber recibido antes, o estar postulando para recibir, apoyo habitacional por parte del Estado como: FONAVI, ENACE, FMV S.A. y BANMAT.
  • Los jefes de cualquiera de los dos grupos no deben estar incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM).
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