¿Qué motociclistas deberán usar chaleco distintivo noviembre 2025?

motociclistas deberán usar chaleco | El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) confirmó que en las próximas semanas entrarán en vigencia las multas por no usar chalecos distintivos ni cascos de seguridad durante la conducción de motocicletas en el país. Esta disposición busca reforzar la seguridad vial y reducir los accidentes de tránsito, especialmente en zonas declaradas en estado de emergencia por razones de orden interno.

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La medida se encuentra detallada en la Resolución Directoral N.° 012-2025-MTC/15, posteriormente modificada por la Resolución N.° 018-2025-MTC/15, donde se precisan las características técnicas del chaleco, así como las fechas de inicio de las sanciones para los conductores y acompañantes que incumplan la norma.


¿Quiénes deberán usar chaleco distintivo según el MTC?

El uso del chaleco distintivo será obligatorio tanto para los conductores como para los pasajeros de motocicletas que circulen en zonas declaradas en estado de emergencia. Esta medida forma parte del plan del MTC para mejorar la identificación y seguridad de los motociclistas en vías públicas.

Las sanciones comenzarán a aplicarse desde el 17 de noviembre de 2025 y se mantendrán hasta el 18 de abril de 2026, según el cronograma establecido por el ministerio. Durante este periodo, los agentes de tránsito y la Policía Nacional del Perú podrán imponer multas a quienes no cumplan con portar el chaleco reglamentario.


Características del chaleco distintivo obligatorio

El chaleco distintivo para motociclistas debe cumplir con una serie de especificaciones técnicas que permitan su correcta identificación en la vía pública:

  • Alta visibilidad: el chaleco debe estar confeccionado con material reflectante, permitiendo distinguir al conductor tanto de día como de noche.
  • Bandas retrorreflectivas: deben colocarse en la parte frontal y posterior del chaleco, con el fin de mejorar la detección visual por parte de otros conductores.
  • Número de placa visible: el número de matrícula de la Placa Única Nacional de Rodaje debe estar impreso dentro de un recuadro blanco, visible en ambos lados del chaleco (delantero y trasero).

Asimismo, la norma fija dimensiones mínimas para el tamaño y grosor de los caracteres del número de placa, garantizando que puedan leerse fácilmente a una distancia prudente, incluso en condiciones de baja iluminación.


Multas por no usar el chaleco distintivo

El incumplimiento de esta norma será considerado una infracción grave según el Reglamento Nacional de Tránsito. Dependiendo del caso, se aplicarán dos tipos de sanciones:

  • Código G.68: corresponde a la infracción por no portar el chaleco distintivo reglamentario.
  • Código G.69: se aplica cuando el número de placa no es visible o está mal colocado.

Cada una de estas infracciones tendrá una multa de S/428, equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Además, se sumarán 20 puntos negativos en el récord del conductor y se procederá con la retención temporal del vehículo.

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