En Piura, la Municipalidad Provincial es la autoridad competente para evaluar y expedir este permiso, sujeto a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y su reglamento aplicable en 2025.
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La licencia de funcionamiento es el permiso que otorgan las municipalidades provinciales o distritales para que un establecimiento pueda operar legalmente. Esta autorización garantiza que el negocio cumple con zonificación, seguridad en defensa civil y los requisitos técnicos y legales exigidos por la ley. Es fundamental para evitar sanciones y consolidar operaciones formales.
Marco normativo vigente
El procedimiento se encuentra regulado por la Ley N° 28976, su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 046-2017-PCM, y la normativa complementaria como el Decreto Supremo N° 045-2019-PCM y normativas municipales específicas vigentes en Piura.
Principales requisitos para licencia de funcionamiento en Piura (setiembre 2025)
A continuación, presentamos los documentos y pasos obligatorios para solicitar la licencia:
Documentación básica (Ley Marco, Art. 7)
- Solicitud de licencia de funcionamiento con carácter de declaración jurada, que incluya número de RUC y DNI o carné de extranjería del solicitante (natural o jurídica).
- Si se trata de persona jurídica, vigencia de poder del representante legal o carta poder legalizada.
- Declaración jurada de observancia de condiciones de seguridad en Defensa Civil o, según corresponda, una Inspección Técnica de Seguridad (ITSE) de tipo básica, detallada o multidisciplinaria.
Requisitos adicionales según actividad o infraestructura
- Si la actividad está relacionada a salud: copia simple del título profesional del responsable técnico.
- Declaración jurada informando el número de estacionamientos, si está normado.
- Autorizaciones sectoriales previas, cuando la actividad lo requiera (como venta de gas, farmacias, colegios, grifos, etc.).
- En caso de que el local sea edifico declarado como patrimonio, se necesita una autorización del Ministerio de Cultura (INC/MINCUL).
Inspecciones exigidas según tamaño del local
Locales > 500 m²: es obligatorio contar con Certificado ITSE de Detalle o Multidisciplinaria emitido por INDECI antes de la solicitud.
Locales ≤ 100 m²: se requiere solo declaración jurada; la inspección básica puede realizarse después (ITSE ex post).
Locales entre 101 y 500 m²: se exige inspección básica previa (ITSE ex ante), realizada por la municipalidad.